Cómo la tecnología contra la conducción en estado de ebriedad exigida por la reciente legislación puede afectar la responsabilidad de los fabricantes de automóviles y el futuro de la ley de responsabilidad por productos para vehículos autónomos

La Ley de Empleo e Inversión en Infraestructura (la “Ley”), promulgada el 15 de noviembre de 2021, ha sido seguida de cerca por el sector del transporte.

Una sección de la Ley tiene el potencial de impactar el panorama de los litigios por responsabilidad de productos automotrices.

La sección 24220 exige que los fabricantes de automóviles equipen los vehículos de pasajeros nuevos con tecnología avanzada de prevención de conducción en estado de ebriedad o bajo los efectos del alcohol.

Ley de Empleo e Inversión en Infraestructura, Pub. L. No. 117-58, § 24220, 135 Stat. 429, 831-833 (2021).

Esta disposición plantea cuestiones vitales sobre la responsabilidad de los fabricantes y conductores de vehículos parcialmente autónomos, un área de la ley de responsabilidad de productos que aún no ha sido desarrollada por los tribunales.

¿Qué requiere la Sección 24220?

La Sección 24220(c) requiere que el Secretario de Transporte emita, a más tardar el 15 de noviembre de 2024, una “regla final que prescriba una norma federal de seguridad de motores. . . que requiere vehículos motorizados de pasajeros. . . estar equipados con tecnología avanzada de prevención de conducción en estado de ebriedad y problemas de conducción.

“La “tecnología avanzada para conducir en estado de ebriedad y bajo los efectos del alcohol” se define como un sistema que puede: Monitorear pasivamente el desempeño de un conductor de un vehículo de motor para identificar con precisión si ese conductor puede estar bajo los efectos del alcohol y prevenir o limitar la operación del vehículo de motor si se detecta un impedimento; o Detectar de forma pasiva y precisa si la concentración de alcohol en sangre (“BAC”) de un conductor de un vehículo de motor es igual o mayor que BAC 0.08 y prevenir o limitar la operación del vehículo de motor si se detecta un BAC por encima del límite legal; o Una combinación de los sistemas descritos en (A) y (B).

Una vez que el Secretario de Transporte haya promulgado la norma de seguridad bajo la Sección 24220, los fabricantes no tienen más de tres años para cumplir con la norma.

¿Cómo encajan los vehículos autónomos en la Sección 24220?

La definición de tecnología avanzada en estado de ebriedad y deterioro en la Sección 24220 exige monitoreo o detección “pasiva”. Los sistemas pasivos de detección de alcohol utilizan sensores integrados en el automóvil que pueden determinar pasivamente si la persona que está detrás del volante está bajo los efectos del alcohol.

Por lo tanto, la Sección 24220 regula tecnologías que son similares a las funciones de detección del conductor que se utilizan frecuentemente junto con la conducción parcialmente autónoma.

Estos sistemas pasivos de detección de alcohol no son nuevos. De hecho, en respuesta a una solicitud de información sobre tecnologías para conducir bajo los efectos del alcohol, Madres contra la conducción en estado de ebriedad (MADD) indicó que había al menos 241 ejemplos de dicha tecnología.

Por lo tanto, la viabilidad del mandato no está realmente en duda. Más bien, la atención se centra en cómo la Sección 24220 afectará la responsabilidad de un fabricante de automóviles cuando la tecnología está equipada y ocurre un accidente.

¿Cuáles son las implicaciones de responsabilidad de la Sección 24220?

Cómo manejará la ley de responsabilidad por productos defectuosos los vehículos autónomos o parcialmente autónomos es una cuestión que se ha debatido durante años, pero que aún no se ha probado a fondo.

La disputa se ha centrado en cómo se repartirá la responsabilidad entre el fabricante del automóvil, el fabricante de la tecnología autónoma en cuestión y el conductor/operador.

La Sección 24220 de la Ley puede indicar cómo se podrían determinar estas cuestiones en el futuro. Por ejemplo, digamos que un automóvil equipado con la tecnología de la Sección 24220 funciona mal y no detecta que el conductor está ebrio y el conductor causa un accidente.

Si se presenta una demanda civil contra el conductor y el fabricante del automóvil, ¿dónde recaerá la responsabilidad final? Sin la tecnología de la Sección 24220, la respuesta parecería ser clara: el conductor debe ser considerado civilmente responsable porque conducía bajo los efectos del alcohol.

Sin embargo, cuando se exige a los fabricantes que equipen tecnología que detecte daños e impida el funcionamiento del vehículo, la cuestión se vuelve más complicada. Cuando el fabricante del software es diferente al fabricante del automóvil, se añaden más niveles de responsabilidad potencial.

Por lo tanto, es fácil ver cómo la Sección 24220 tiene el potencial de generar exposición potencial en futuras demandas que involucren vehículos parcial o completamente autónomos con “conductores” humanos. estándar para la preferencia implícita de ciertos reclamos estatales por agravios.

Tal fundamento puede proporcionar algún marco sobre cómo los tribunales eventualmente abordan la responsabilidad cuando se enfrentan a un automóvil de pasajeros totalmente autónomo que se ve involucrado en un accidente.

¿Qué pasa con la preferencia federal?

La sección 24220 también plantea cuestiones de preferencia federal. Una vez que se emita una norma de seguridad bajo la Sección 24220, las disposiciones pueden, en última instancia, incluir un lenguaje expresivo de preferencia que prohibirá ciertas acciones de responsabilidad de productos contra los fabricantes de automóviles.

O, si dicho lenguaje está ausente, los tribunales pueden necesitar interpretar que la seguridad final que el gobierno decida incluir una cláusula de preferencia expresa en la norma de seguridad final será notable, ya que puede indicar cómo el gobierno federal manejará la regulación de los vehículos autónomos de pasajeros. .

Además, las interpretaciones finales de los tribunales sobre la norma de seguridad también brindarán a los fabricantes información sobre cómo se pueden manejar en el futuro las demandas por responsabilidad de productos que involucran vehículos autónomos.

Conclusión

Vale la pena observar la sección 24220, ya que podría tener implicaciones importantes para la posible responsabilidad y regulación de los vehículos parcial y totalmente autónomos en el futuro.

 

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Enrique Kogan es el fundador de www.PurosAutosCharlotte.com. Nacido en Argentina, comenzó su pasión por los automóviles a los 6 años de edad cuando su padre le llevaba a ver carreras de autos. Desde entonces ha transformado su vida dedicada al mundo del automovil, siendo un experto del medio. A los 16 años comenzó a escribir sobre automóviles y en 1982 fundó su primera revista sobre la industria en Estados Unidos, la cual vendió y aún se publica hoy en día. Es el primer periodista hispano del automovil en los Estados Unidos y el creador del auto del año para el mercado hispano. Produjo auto shows (uno de ellos fue el mas grande del mundo de autos exoticos) y eventos de gran magnitud en el mundo del automóvil. Hoy viaja por todo el mundo probando distintos modelos de automoviles y visitando auto show, mientras escribe a diario haciendo reviews de nuevos vehiculos y noticias del medio.

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